15-10-19
¿ Por qué se actualiza?
El nuevo real decreto establece las condiciones de autorización o registro de los establecimientos de alimentación animal y de los puntos de entrada nacionales, la actividad de los operadores de piensos, y se regula la Comisión Nacional de Coordinación en materia de alimentación animal, órgano de coordinación entre el Ministerio y las regiones, con la finalidad de obtener una mayor eficiencia, eficacia, transparencia y seguridad jurídica.
Principales novedades
El presente real decreto incorpora, como principales novedades:
- La clasificación de los establecimientos de empresas de piensos, según se requiera una autorización previa o una comunicación previa para iniciar su actividad.
- Regula en una sola norma la Comisión Nacional de Coordinación en materia de Alimentación Animal (derogando con ello el Real Decreto 1144/2006, de 6 de octubre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene de los piensos).
- Disciplina por primera vez los puntos de entrada nacionales de productos de origen no animal destinados a la alimentación animal con el fin de asegurar el efectivo control sobre las actividades de importación y exportación de estos productos.
- Concreta algunos extremos ya previstos en la anterior, tales como los supuestos en que es obligatorio el registro del operador, la revocación o suspensión de las autorizaciones o la numeración de las identificaciones y el formato de las listas empleadas.